lunes, 22 de mayo de 2017

Un acusado de violencia de género se cambia de sexo y se hace mujer durante el juicio

Son los incentivos perversos que crean leyes discriminatorias e injustas. 

Cuando la ideología de género pretende criminalizar a un colectivo (en este caso al hombre) y ante un mismo hecho, imponer un distinto castigo en función del sexo (lo que es radicalmente contrario a la igualdad y a la constitución donde se supone que todos somos iguales ante la ley sin discriminación de sexo, raza...), ocurren y llevan a casos como este, y que irán a más por el intento de ideologizar el sexo eliminando todo rastro y evidencia biológica y científica que diferencia al hombre y a la mujer, pretendiendo imponer la antinatural idea de que toda diferencia se debe a una cuestión de cultura...



Artículo de Periodista Digital: 
Cambio de sexo
Su pareja había denunciado al tipo por maltrato psicológico en varias ocasiones.
El embrollo judicial parecía interminable, porque comenzó hace los seis años, pero de repente ha pegado un giro sideral: el acusado ha iniciado un cambio de sexo. Con un
DNI en el que figura ya su identidad femenina y el proceso físico de reasignación de sexo en marcha, ahora es ante los tribunales una mujer acusada por otra mujer. Esta circunstancia, a juicio del letrado, puede cambiar el rumbo del proceso y marcar un precedente en procesos de violencia de género.
El acusado, ahora mujer, tiene 48 años y trabaja como bombero; y su expareja, de 45 años, es administrativa. Tienen dos hijos de corta edad.
La mujer presentó varias denuncias contra su entonces marido por maltrato psicológico: insultos, vejaciones... y pidió el divorcio.
Iñigo Urien Azpitarte, el abogado del bombero -ahora bombera-, explica que todas las acusaciones que han llegado a los juzgados «han sido archivadas», aunque aún quedan varias denuncias por resolverse.
La duda se plantea cuando durante la batalla judicial el exmarido lleva a cabo un proceso de reasignación de sexo.

«Se le ha concedido ya el cambio de nombre en el registro».
 
Explica el abogado a M.F. Vallejo del 'Diario Vasco' que el cambio de sexo de su cliente sí debería tener una repercusión en el proceso.

«Mi criterio es que no se le puede aplicar la legislación de violencia de género porque tiene diagnosticada una disforia de género. En caso contrario, no podría cambiar su nombre y sexo en el registro, además de que no se le hubiera prescrito el tratamiento hormonal».
 
La violencia de género es un delito que comete un hombre sobre una mujer con la que ha mantenido una relación.
Si no existe ese vínculo es agresión, con penas menos duras.
La clave del caso es determinar desde cuándo el acusado es mujer.

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